Vecinos de la Colonia Valle de San Ángel, denunciaron una propiedad que excede las dimensiones de construcción, ya que no son validos para zona de montaña. El patrimonio se ubica en el sector francés.
El Artículo 57 del Reglamento de Zonificación y Uso de Suelo, indica que la zona de montaña debe contar con un Coeficiente de Ocupación de Suelo (COS) de 30%; Coeficiente de Utilización de Suelo (CUS) del 0.80%, y Coeficiente de Absorción y Área Verde (CAAV) del 56%. Sin embargo, el COS de la propiedad es del 66%, el CUS del 1.13%, y el CAAV del 25%.
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